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Becas Progresar. Inscripción abierta hasta el 20 de abril

La Dirección de Bienestar Universitario de la Secretaría de Extensión Cultural y Bienestar Estudiantil informa que desde el 31 de marzo hasta el 20 de abril se encuentra abierto el primer período de inscripción para las becas Progresar nivel Superior.
La inscripción se realizará en la plataforma Progresar, pero para iniciar el proceso será necesario estar registrado en Mi Argentina. 
  

Requisitos generales de la beca Progresar nivel Superior

A. Ser argentinos nativos, o naturalizados, o extranjeros con residencia legal de al menos cinco (5) años en el país, y contar con documento nacional de identidad (DNI).
B. Tener al momento del cierre de la convocatoria a la beca, entre diecisiete (17) y veinticinco (25) años de edad. Se podrá percibir la beca, hasta los treinta (30) años, ampliándose para los grupos en condición de vulnerabilidad multidimensional, entiéndase:
- Las personas que se encuentren a cargo de un hogar monoparental con hijos de menos de 18 años de edad, hasta treinta y cinco (35) años cumplidos a la fecha del cierre de la convocatoria a la beca.
- Las personas integrantes de las comunidades indígenas y/o pertenecientes a pueblos originarios, personas con discapacidad, personas refugiadas, personas afrodescendientes y/o afroargentinas, sin límite máximo de edad, deberán adjuntar documentación respaldatoria.

C. Los ingresos de postulante y de su grupo familiar no deberán ser superiores a tres (3) Salarios Mínimos Vitales y Móviles (marzo 2025: $890.496 mensuales), no se considerarán como ingreso familiar las pensiones no contributivas por discapacidad;
D. Ser egresado del nivel medio y no adeudar materias al momento de la inscripción.
E. Cursar o ingresar a cursar una carrera de grado o pregrado, cuyos planes de estudio tengan reconocimiento oficial, en instituciones públicas tales como Universidades Nacionales, Provinciales, Institutos Universitarios Nacionales. Están excluidos los Ciclos de Complementación Curricular ya sean Ciclos de Tecnicaturas, Licenciaturas y Profesorados.
F. Cursar o ingresar a cursar sus estudios en Institutos de formación técnica y de formación docente de gestión estatal.
G. Contar con esquema de vacunación completo o en curso según grupo de edad.
H. Solicitar la beca dentro de los plazos fijados por la convocatoria respectiva.
I. Finalizar correctamente la inscripción en la plataforma PROGRESAR.
J. Cumplir con las condiciones académicas que se detallan a continuación
 

Requisitos académicos (¡Leer con atención!)

Ingresantes a la carrera: acreditar regularidad y tener al menos el 80 % de las materias aprobadas conforme al plan de estudio y año cursado. Estudiantes ingresantes son aquellos que no reportan actividad académica superior con anterioridad a su postulación.

Estudiantes avanzados: acreditar regularidad y tener al menos 50 % de las materias aprobadas conforme al plan de estudio y año cursado. Estudiantes avanzados son aquellos que se postulan para la obtención de la beca y que iniciaron sus estudios superiores con anterioridad al año en el que se postulan.

Los postulantes a los que les restara cursar DOS (2) materias o menos para la finalización de la carrera o adeudaran sólo exámenes finales y/o la realización de tesis y/o prácticas profesionales, podrán inscribirse en el Programa por el período de un año sin opción a renovación.
 

Requisito de regularidad

Durante el transcurso del ciclo lectivo se evaluará que el titular de la beca se haya inscripto en al menos UN (1) espacio curricular anual, o DOS (2) espacios curriculares cuatrimestrales, o haya aprobado en condición de libre al menos DOS (2) espacios curriculares.

La certificación para quienes les restaran sólo exámenes finales y/o la realización de tesis y/o prácticas profesionales, se realizará a través de una certificación de la casa de estudios correspondiente.
 

Requisito de acreditación de avance en la trayectoria

Al finalizar el ciclo lectivo se evaluarán los avances académicos de los estudiantes durante el ciclo lectivo cursado.

Los postulantes a la beca en carácter de ingresantes deberán acreditar su condición de estudiante regular y tener, al menos, el OCHENTA POR CIENTO (80%) de las materias aprobadas conforme al plan de estudio del año en curso.

Las y los postulantes a la beca en calidad de estudiantes avanzados deberán acreditar su condición de estudiante regular y tener, al menos, el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las materias aprobadas conforme al plan de estudio y el año vigente.

Los estudiantes deberán culminar sus estudios sin excederse en más de DOS (2) años en el tiempo teórico de duración de su plan de estudios. No aplica este requerimiento para los grupos en condición de vulnerabilidad multidimensional y aquellas excepciones que determine el programa.

El incumplimiento de alguna de las condiciones académicas mencionadas producirá la pérdida del derecho al cobro del VEINTE POR CIENTO (20%) reservado y/o podrá dar lugar a una suspensión condicionada.
 

Monto y cuotas

La beca otorga 12 cuotas mensuales de $35.000.

Ingresantes a la carrera: 9 cuotas regulares, de las que se retendrá el 20 % hasta cumplir con las 3 certificaciones.

Estudiantes avanzados: cobrarán la totalidad del monto desde la primera cuota.
 

Condicionalidades

El cumplimiento de los requisitos serán monitoreados en 3 certificaciones anuales.

Un registro negativo de regularidad o el incumplimiento de los requisitos académicos podría significar la suspensión de la beca.

Tanto las y los ingresantes a la carrera como los estudiantes avanzados recibirán 3 cuotas estímulo luego de concluida la Tercera Certificación de Acreditación de Avance Académico del año en curso.

El pago de la beca se realizará mensualmente en una caja de ahorro o billetera virtual a nombre del estudiante.

La evaluación de los requisitos exigidos por el Programa estará conformada por DOS (2) componentes: la evaluación académica y la evaluación socioeconómica.

Se realizará a través de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) en función de los ingresos de las y los postulantes y los de su grupo familiar que se registren en las bases de datos de dicho organismo, al momento de la inscripción, a excepción de que los estudiantes solicitantes sean titulares de una pensión no contributiva por invalidez otorgada en el marco del artículo 9° de la Ley N° 13.478.

Se entiende por ingresos a la suma de las remuneraciones brutas de los trabajadores en relación de dependencia registrados, con exclusión de las horas extras, la asignación familiar por maternidad o maternidad Down, el plus por zona desfavorable y el sueldo anual complementario; las rentas de referencia de los trabajadores autónomos y monotributistas; los haberes de jubilación y pensión, el monto de la prestación por desempleo y las sumas brutas originadas en prestaciones contributivas y/o no contributivas de cualquier índole.

La evaluación académica se evaluará en 3 etapas, mediante las certificación realizada por la institución educativa.

El año de ingreso se determinará por la fecha del primer examen final rendido de la carrera por la cual se postula. La evaluación académica se realizará conforme a:

A. El año de ingreso definido por el presente apartado y en virtud de la información brindada por cada institución educativa;
B. La duración de la carrera según el plan de estudios y en virtud de la información brindada por cada institución educativa;
C. La cantidad de materias según el plan de estudios y en virtud de la información brindada por cada institución educativa.

A los efectos del control de los requisitos académicos exigidos para acceder a una beca “PROGRESAR” las equivalencias serán computadas a partir de la primera (1°) actividad académica de la carrera que cursa, de acuerdo con lo informado por la institución académica respectiva.
 

Requisitos de la condicionalidad de salud

Los titulares de beca deberán acreditar el cumplimiento del Calendario Obligatorio de Vacunación, según los criterios de verificación y en los plazos que el área correspondiente establezca para el período que corresponda.

Las vacunas obligatorias indicadas por el Ministerio de Salud de la Nación en adolescentes de 16 a 18 años y en adultos jóvenes de 19 a 30 años son:
- Doble viral (sarampión y rubéola) o Triple viral (sarampión, rubéola y paperas): iniciar o completar esquema de dos dosis
- Doble bacteriana (tétanos y difteria): 1 dosis de refuerzo cada diez años
- Hepatitis B: iniciar o completar esquema de tres dosis
- VPH: iniciar o completar esquema de dos dosis
 

Resultados de la inscripción

El resultado de la postulación será publicado en la plataforma “PROGRESAR”. Cada aspirante será responsable de hacer el seguimiento y consulta acerca del resultado de su inscripción a través de la plataforma “PROGRESAR”. El postulante que no fuera adjudicado podrá acceder a la misma plataforma, con su usuario y contraseña, para identificar la causal de denegación de esta.

Las becas “PROGRESAR” serán adjudicadas mediante acto administrativo de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS E INNOVACIÓN EDUCATIVA.
 

Reclamos

Los estudiantes cuya postulación fuera rechazada por motivos académicos, podrán efectuar el pertinente reclamo a través de la plataforma de PROGRESAR en las fechas establecidas para cada convocatoria. El mismo deberá formularse dentro de los quince (15) días corridos posteriores a la fecha de publicación del rechazo en la plataforma habilitada al efecto.
 

Forma de pago de la beca

Para quienes se inscriban al “PROGRESAR” en la primera convocatoria y resulten adjudicados, el pago será de hasta doce (12) cuotas mensuales, de acuerdo con el siguiente esquema:

En el caso de ser becarios ingresantes a la carrera: se otorgarán nueve (9) cuotas regulares, donde se retiene el veinte por ciento (20%), hasta cumplir con tres (3) certificaciones. Para el caso de las y los becarios avanzados en la carrera se les abonarán nueve (9) cuotas al ciento por ciento (100%) del monto de la beca desde la primera cuota.

Tanto los becarios ingresantes a la carrera como los avanzados recibirán tres (3) cuotas de estímulo una vez concluida la tercera certificación de acreditación de avance académico. En el caso de los estudiantes ingresantes, esta certificación deberá acreditar un avance del ochenta por ciento (80%) del año en curso, de acuerdo con su plan de estudios. Para los estudiantes avanzados, el requisito será haber alcanzado al menos el cincuenta por ciento (50%) del año en curso, según su plan de estudios.

La SECRETARÍA DE EDUCACIÓN liquidará la beca, y su pago, por cuenta y orden de ésta, estará a cargo de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
 

Exclusiones

Quedan excluidos de ser titular de una beca “PROGRESAR” las y los postulantes que se encuentren incursos en alguna de las siguientes situaciones:

A. Hubieran finalizado una carrera de grado, profesorado o tecnicatura.
B. Se hubieran declarado el cese de una beca del Programa por causal que les fuera imputable.
C. Estuvieran excedidos dos (2) años o más en el tiempo de duración de la carrera, según el correspondiente plan de estudios. No aplica este requerimiento para los grupos en condición de vulnerabilidad multidimensional.
D. Si las y los aspirantes a obtener la beca o cualquier miembro de su grupo familiar se encontraren inscriptos en el Régimen del Impuesto a las Ganancias.
E. Si las y los becarios recibieran u obtuvieran otra beca educativa similar otorgada por la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN.
F. Hubieran obtenido la beca “PROGRESAR” Nivel Superior en dos (2) convocatorias anteriores y aplicaran como estudiante ingresante de una tercera carrera de grado, profesorado o tecnicatura en la convocatoria actual.
 

Suspensión de la beca

A. Si las y los titulares de beca pierden la condición de regularidad de acuerdo a lo informado por las instituciones educativas, conforme a lo establecido en el artículo 18.
B. Si habiendo sido adjudicado/a con la beca durante el año de la convocatoria, no hubiera concurrido a su cobro por un período de CUATRO (4) meses consecutivos.


Se sugiere leer el reglamento completo 
Consultas sólo para estudiantes de la UNA
rectorado.becas@una.edu.ar
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